jueves, abril 25, 2024
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Se activa Fase 1 de Contingencia Ambiental para este miércoles 30 de marzo.

Le contamos qué automotores no podrán circular este Miércoles 30 de marzo.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis, informó la tarde de este martes, la activación de la Fase 1 de Contingencia Ambiental, debido a las concentraciones máximas de ozono, en las estaciones de Santa FE y Merced, que registraron 162 ppb y 156 ppb, respectivamente.

Por lo que la CAMe, recomienda:

• Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.

• Suspender cualquier actividad al aire libre organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.

• Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.

• Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.

Además, este miércoles 30 de marzo, habrá restricciones para vehículos particulares, así como de servicio público, quedando de la siguiente manera:

NO PODRÁN CIRCULAR

  1. Ningún vehículo con Holograma 2 de verificación.
  2. Vehículos particulares, cuya terminación de placas sea 2, 3, 4, 6, 8 y 0, así como aquellos que cuenten con matrículas conformadas por letras, que cuenten con Holograma 1 de verificación.
  3. Vehículos particulares, que cuenten con engomado color ROJO, aún con holograma de verificación 0 y 00.
  4. Los vehículos particulares, con placas foráneas con Holograma de Verificación 1 y 2, así como aquellos que no cuenten con uno. Así como aquellos que tengan engomado color ROJO, con holograma de verificación 0 y 00.
  5. En cuanto a las pipas o semirremolques transportadoras de Gas LP, no podrán circular aquellas que su terminación de placa sea PAR.
  6. Los vehículos de carga federal y local, no podrán circular entre las 6:00 y las 10:00 hrs. Excepto, aquellos que se encuentren en el programa de Autorregulación en la CDMX y Estado de México,
  7. En cuanto a los TAXIS, no podrán circular aquellos que la terminación de sus matrículas sea 2, 3, 4, 6, 8 y 0, así como aquellos que cuenten con matrículas conformadas por letras, también aquellos que cuenten con engomado ROJO y todos aquellos que cuenten con holograma de verificación 1 y 2.

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